SOCIAL MEDIA

PRONUNCIAMIENTO ULTRA PETITA, INFRA PETITA Y EXTRA PETITA

domingo, 21 de noviembre de 2021

1.      Pronunciamiento plus petita o ultra petita: Acontece cuando el órgano judicial concede más de lo pedido por los justiciables, en otras palabras, el Juez resuelve excediendo las pretensiones del demandante o del demandado. Por ejemplo: 1) el actor demanda el pago de "x" cantidad de dinero más los correspondientes intereses debido al incumplimiento de un contrato mutuo...
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JUEZ Y DERECHO

domingo, 7 de noviembre de 2021

El Juez debe aplicar el derecho que corresponda al proceso, aunque no haya sido invocado por las partes o lo haya sido erróneamente. Sin embargo, no puede ir más allá del petitorio ni fundar su decisión en hechos diversos de los que han sido alegados por las partes (artículo VII del Código Procesal Civil). Aquel artículo va en concordancia con el artículo VII del Título Preliminar del Código Civil,...
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